derechos 19 y 20
19. Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Migrantes
20. Derecho de
acceso a las Tecnologías de la Información y comunicación
•Las autoridades de todos los órdenes deberán
proporcionar servicios y protección correspondientes a niñas, niños y
adolescentes emigrantes.
•Sin discriminación
de ningún tipo o condición.

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